Constantemente hablamos de los RAEE, los diferentes tipos que existen y qué hacer con ellos cuando llega el final de su vida útil, pero también están los AEE, los cuales merecen especial atención debido a la rápida sustitución que a día de hoy le damos a nuestros aparatos, por eso hoy te explicamos qué puedes hacer con ellos.
Aunque, en primer lugar, ¿sabes la diferencia que hay entre RAEE y AEE? Te explicamos ambos conceptos.
RAEE
Son residuos de aparatos eléctricos y electrónicos procedentes tanto de hogares particulares como de usos profesionales. El Real Decreto 110/2015 sobre RAEE agrupa estos residuos en un total de 10 categorías y serán RAEE aquellos aparatos eléctricos y electrónicos que para funcionar hayan necesitado pilas, baterías o estar enchufados a la corriente eléctrica.
AEE
Son aparatos eléctricos y electrónicos que necesitan corriente eléctrica o campos electromagnéticos para funcionar, y si todavía siguen funcionando son susceptibles de ser utilizados por otra persona o entidad.
Como decíamos, actualmente todos cambiamos de móvil antes de que deje de funcionar por otro más moderno, cambiamos la televisión por otra más grande, o cambiamos cualquier electrodoméstico por otro nuevo porque tiene una pequeña avería o desperfecto, la cual es posible arreglar. Es en este caso cuando el Real Decreto 110/2015 establece varias posibilidades para la reutilización de estos AEE domésticos y profesionales.
Para ello, según el artículo 13 del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, se establece que los usuarios de AEE domésticos y profesionales, cuando sea posible, destinarán los aparatos usados a un segundo uso mediante su entrega a:
- Entidades sociales sin ánimo de lucro que puedan dar un segundo uso a los aparatos, mediante la utilización de aquellos que funcionen correctamente o reparando aquellos que lo requieran, como es el caso del Centro de Preparación para la Reutilización Madre Coraje.
- Establecimientos dedicados al mercado de segunda mano, con el fin de impulsar y diferenciar a estos comercios de los que venden aparatos nuevos, así como para potenciar la reutilización de los aparatos en aras de la protección del medio ambiente y conceder la entidad que se merece a un sector con posibilidades en los próximos años.
- A través de otras vías de entrega para la reutilización y alargamiento de la vida útil de los productos.
Obligaciones a aplicar por los comercios de segunda mano
No obstante, en el caso de que el AEE fuese recogido por un establecimiento dedicado al mercado de segunda mano, y en el que exista una comercialización del aparato usado, ésta se acreditará a través de un documento, como una factura formalizada que acompañe al aparato y que sea capaz de identificar al comprador y al vendedor del mismo.
Así lo expone el artículo 14 del Real Decreto 110/2015, en el que también se especifica la obligación de llevar un libro de registro de estos aparatos indicando las unidades, el tipo de aparato, la marca y el número de serie, así como el origen y el destino de los mismos.