El Ayuntamiento de Barbate (Cádiz) ya forma parte del Convenio Marco sobre Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) firmado por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP) y los Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) que operan en Andalucía y que son Ambilamp, Ecoasimelec, Ecofimática, Ecolec, Ecolum, Eco-Raee´s, Ecotic y ERP. Este acuerdo promueve la correcta gestión de los RAEE en Andalucía.
Con la firma del convenio, el Ayuntamiento de Barbate se compromete a garantizar la correcta gestión de este tipo de residuos cada vez más comunes en los hogares de toda la provincia a través del establecimiento de las condiciones técnicas necesarias que deben respetarse en la recogida y gestión de estos residuos de aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de éstos determinando el grado de responsabilidad de acuerdo con el principio de “quien contamina, paga”.
El Convenio Marco también refleja la importancia de la eficacia en los sistemas de recogida y almacenamiento selectivo de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, hecho que redunda en una mejora en la calidad del servicio de gestión a prestar por las Entidades Locales y un impulso de la financiación de los SCRAP.
¿Qué es un RAEE y dónde se pueden llevar?
Los RAEE son residuos de aparatos eléctricos y electrónicos procedentes tanto de hogares particulares como de usos profesionales. El Real Decreto 110/2015 sobre RAEE, que regula todo lo referente a la gestión y tratamiento de estos residuos, los clasifica en 7 categorías, aparatos de intercambio de temperatura; monitores, pantallas y aparatos con pantallas de superficie superior a los 100 cm2; lámparas; grandes aparatos (con una dimensión exterior superior a 50 cm); pequeños aparatos (sin ninguna dimensión exterior superior a 50 cm); aparatos de informática y de telecomunicaciones pequeños (sin ninguna dimensión exterior superior a los 50 cm); y paneles fotovoltaicos grandes (con una dimensión exterior superior a 50 cm). La mayoría de ellos están muy presentes en el día a día de todos los hogares; es el caso de lavadoras, frigoríficos, microondas, tostadoras, secadores de pelo, teléfonos móviles o bombillas.
El ciudadano dispone de varias alternativas para entregar su viejo aparato eléctrico o electrónico. Entre las opciones que ofrecen las Entidades Locales se encuentran los puntos limpios fijos o móviles a los que los usuarios pueden acudir para depositar sus RAEE. Otra de las alternativas son los puntos de venta de aparatos eléctricos o electrónicos. Los distribuidores tienen la obligación de recoger el RAEE, con independencia de la superficie de la zona de venta, cuando los usuarios adquieran un nuevo aparato eléctrico o electrónico doméstico equivalente al que se entrega. En el caso de que los distribuidores dispongan de una zona de venta de con una superficie mínima de 400 metros cuadrados están obligados a prever la recogida de aparatos eléctrico o electrónicos muy pequeños (que no tengan ninguna dimensión exterior que exceda los 25 centímetros) de manera gratuita para los usuarios y sin necesidad de adquirir un aparato eléctrico o electrónico equivalente.
El poseedor que haga entrega de un RAEE deberá obtener del gestor un justificante en el que se indique la fecha de la entrega, el tipo de aparato entregado, la marca, el número de serie si es posible, y la información suministrada por el usuario sobre su posible destino a la preparación para la reutilización o reciclado.